Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes; Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez; Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo Price Toro; Julio César Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Patricio Ernesto Hernández Jara; Demetrio Protopsaltis Palma; Katherine Alejandra Del Carmen Lafoy Guzmán
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Iseo de Atenas.
Oradores áticos.
Iseo: Sobre la herencia de Diceógenes.
El presente discurso posee como trasfondo un verdadero drama familiar, como es habitual en las causas por herencia. Pongámonos en antecedentes.
Diceógenes (II), el hijo de Menéxeno (I), murió en una batalla naval cerca de Cnido (parece claro que en 411 aC). A falta de hijos, su fortuna correspondía a sus cuatro hermanas, pero no tardó en aparecer Próxeno, tío del difunto, con un testamento en el que adoptaba a Diceógenes (III) y le dejaba la tercera parte de la herencia. Las hermanas, por tanto, sólo se repartirían el resto.
Pasados doce años (399 aC), Diceógenes (III) presentó un segundo testamento en el que su padre adoptivo le hacía heredero universal; en ese momento una de las hermanas (la mujer de Cefisofonte) había muerto, otra (la mujer de Teopompo) había quedado viuda y otra (la mujer de Democles) estaba también sin marido (muerto o divorciado). Tan sólo quedaba una hermana (o, siguiendo las leyes imperantes, su marido Poliarato) para emprender una acción judicial contra Diceógenes (III). Mas Poliarato perdió ante los tribunales, y murió antes de poder llevar a cabo todos los recursos que la ley ponía a su alcance. Así que Diceógenes (III) se adueñó de toda la fortuna, y además se convirtió en tutor de sus primas y de los hijos de éstas, todos menores.
Transcurridos diez años más (389 aC), los sobrinos del difunto cuya herencia dio lugar a todo el proceso intentaron recuperar la parte de la herencia que correspondía a sus madres. Menéxeno (II) continuó donde lo había dejado su tío Poliarato: atacó por perjurio a los testigos que Diceógenes (III) había presentado en apoyo del segundo testamento y logró la condena de uno de ellos. En ese punto, Diceógenes (III) intervino y pagó a Menéxeno (II) para que interrumpiera las acciones legales.
Pero no pagó la fortuna prometida, y Menéxeno (II), humillado, se une de nuevo a sus primos Cefisódoto y Menéxeno (III) para impugnar no sólo el segundo testamento, sino incluso el primero, reivindicando la herencia completa. En respuesta, Diceógenes (III) trajo a un nuevo testigo, Leócares, que es acusado por los primos de falso testimonio. Cuando su condena estaba a punto de ser sentenciada, Diceógenes (III) prometió devolver la parte de la herencia correspondiente a las hermanas, presentándose como garantes de la devolución el propio Leócares y Mnesiptólemo.
Pero pese a este acuerdo surgieron nuevos problemas: los demandantes sostenían que la promesa de pago era sobre el total original de la herencia, mientras que Diceógenes (III) defendía que el pacto hacía mención a lo que quedaba entonces de la fortuna. Uno de los primos, Menéxeno (III), demanda a Leócares por incumplimiento del pacto establecido.
Es a esta última acción a la que corresponde el presente discurso, que convierte la acusación contra Leócares en una causa contra Diceógenes (III): el orador insiste en que los demandantes no quieren nada de la fortuna personal del acusado, sino los bienes que les corresponden a sus madres. Iseo construye el discurso para lograr la predisposición de los jueces para sus defendidos y la animadversión para sus adversarios, haciendo que la auténtica cuestión de fondo pase desapercibida. La obra está encaminada a presentar a Diceógenes (III) como una persona odiosa que se ha aprovechado de unas pobres viudas y huérfanos, usando la difícil situación de la ciudad para engañar a los jueces. Frente a ello, el patriotismo y la honradez de los demandantes y de sus ascendientes son puestos de relieve.
Iseo: Sobre la herencia de Cleónimo.
Discurso de un proceso sobre la sucesión de bienes, del que desconocemos la fecha. La ausencia del hiato (un criterio discutido) indicaría una fecha tardía, pero las fórmulas utilizadas indicarían todo lo contrario.
A la muerte de Cleónimo, sus sobrinos (hijos de su hermana) impugnan el testamento en el que el fallecido nombraba herederos a otros parientes, y reclaman la herencia para ellos. Se ignora cuál es el grado de parentesco de esos otros parientes (en todo caso, más lejano que el de los sobrinos), y también su identidad. Se nombran a los hermanos Posidipo y Ferenico, y a otros cuya relación con Cleónimo no queda clara.
Pese a la evidencia que supone el testamento de Cleómeno, Iseo, sabedor de que los jueces atenienses tendían a dar prioridad en estas causas al parentesco, construye el discurso en torno a dos argumentos básicos: la nulidad del testamento existente y el estrecho parentesco de los sobrinos con el difunto. Frente a dicho testamento, los demandantes aparecen en posesión de múltiples razones que los acreditan como herederos: incluso los familiares y amigos de sus oponentes, en un arbitraje previo, les habían reconocido una parte de la herencia; habían sido excluidos del testamento no por ellos mismos, sino por la enemistad que Cleónimo sentía hacia Dinias, tío de los demandantes y tutor suyo durante la minoría; sin embargo, muerto Dinias fue el propio Cleónimo quien se hizo cargo de ellos; Poliarco, abuelo de los demandantes y padre de Cleónimo, había ordenado que, si éste no tenía hijos, les dejara a ellos toda su fortuna; la relación íntima de los sobrinos contrasta con la abierta enemistad de Cleónimo hacia Ferenico, uno de los beneficiarios efectivos del testamento.
Según los demandantes, todos estos argumentos hicieron que Cleónimo reconsiderara el testamento, mas la muerte le sorprendió antes de poder realizar cualquier modificación. Estando enfermo había solicitado la presencia del custodio del testamento, pero los otros parientes impidieron la entrevista.
Iseo: Sobre la herencia de Nicóstrato
Discurso complementario al principal, realizado por un amigo como conclusión o peroración. Si se acepta la mención de la ciudad de Acre, lugar en el que Farnabazo concentró un ejército de unos veinte mil griegos para luchar contra Egipto en el 374 aC, este año sería la fecha más probable para la muerte de Nicóstrato, y por tanto para el proceso.
Nicóstrato había vivido once años lejos de Atenas, entregado a la vida militar como mercenario. A su muerte, su fortuna fue objeto de una batalla legal. Al menos cinco demandantes, con argumentos no muy convincentes, reclamaron la herencia de inmediato, pero desistieron ante la solidez de la demanda de Hagnón y Hagnoteo, primos hermanos de Nicóstrato por parte de padre. Un tal Caríades, sin embargo, solicitó la herencia presentando un acta de últimas voluntades de Nicóstrato, en la que le nombraba hijo adoptivo y le legaba su fortuna.
El problema es que los hermanos Hagnón y Hagnoteo solicitan la sucesión de Nicóstrato, hijo de Trasímaco, y Caríades reclama la de Nicóstrato, hijo de Esmicro: se trata de dos personas diferentes, así que los hermanos, en palabras de Iseo, «tendrán que dedicar más argumentos a probar que Nicóstrato era hijo de Trasímaco que a que no hizo testamento».
El orador, con el fin de llegar al corazón de los jueces, se limita a recordar los hechos, sin presentar pruebas. Se defiende la primacía del parentesco sobre el testamento (insistiendo en el buen comportamiento de los hermanos hacia el difunto y hacia la ciudad), y se intenta desacreditar al adversario, presentando a Caríades como un sinvergüenza huido de la justicia, sin relación con Nicóstrato.
Iseo: Contra Jeneneto, sobre la herencia de Aristarco.
Aristarco de Sipaleto, casado con la hija de Jeneneto, tuvo dos hijos y dos hijas. El mayor, Cirónidas, fue dado en adopción a su abuelo materno, de modo que a la muerte de Aristarco fue el otro hijo, Demócares, quien debía suceder a su padre. Pero murió antes de alcanzar la mayoría de edad y, muerta también una de las hijas, según la ley la otra debía contraer matrimonio con el pariente paterno más próximo que la reclamara (de esta forma, las propiedades quedaban dentro de la familia).
Este papel correspondía a Aristómenes, hermano de su padre, o al hijo de éste, Apolodoro, mas ninguno reclamó la mano (y la fortuna) de la mujer, sino que Aristómenes, en su condición de tutor, la entregó en matrimonio a alguien ajeno a la familia, y otorgó la herencia a Cirónidas, a quien casó con su propia hija. De este matrimonio nacieron Aristarco (II) y Jeneneto (II). El primero, a la muerte de Cirónidas, fue dado en adopción póstuma a Aristarco, en parte para evitar que la casa quedara desierta, en parte para que Aristarco (II) recibiera la fortuna de su abuelo natural.
Muerto también Aristarco (II) sin descendencia (probablemente en la Guerra de Tebas -378-371 aC-, pero podría ser la guerra social -355 aC-), deja en su testamento como heredero a su hermano Jeneneto (II). En ese momento, con mucho retraso, se presenta ante los tribunales la parte de la familia que, según el orador, ha resultado agraviada: el hijo de la mujer entregada a un extraño por Aristómenes, que alega su derecho a la herencia de Aristarco como su nieto natural.
Iseo podría presentar diversos argumentos para que el orador reclamase la fortuna: la forma en que fue tratada su madre y desposeída de la herencia, la adjudicación de ésta a Cirónidas contra todo derecho, la adopción póstuma de Aristarco (II), el testamento ilegal de éste (pues un hijo adoptivo no puede disponer de su fortuna por testamento). Sin embargo, el texto impugna fundamentalmente la adopción póstuma de su primo Aristarco (II), pues, si su abuelo Aristarco murió dejando un hijo legítimo, y éste murió siendo menor de edad, no hubo forma de que ninguno dispusiera semejante adopción. En consecuencia, Aristarco (II) no tenía derecho sobre la herencia, ni tenía derecho a dejarla en testamento.
El orador intenta justificar el retraso con que ha presentado la demanda y demostrar que la herencia estaba libre de deudas, que es lo que alegan sus adversarios: sólo la ambición ha movido a sus oponentes, y la adopción no fue en absoluto un acto de generosidad o piedad.
Iseo: Sobre la herencia de Astífilo.
Tras la muerte de Astífilo en una expedición a Mitilene, tomó posesión de su herencia su primo Cleón, en nombre de su propio hijo, menor de edad, a quien supuestamente Astífilo habría adoptado por testamento antes de partir a la que sería su última campaña. Poco después regresó a Atenas de su servicio militar un medio hermano del difunto (nacido del segundo matrimonio de su madre) y reivindicó la herencia, alegando que el testamento presentado por Cleón (depositado en casa de Hierocles, un tío materno de Astífilo y del demandante) era falso.
El demandante pretende demostrar en este discurso que Astífilo no adoptó a ningún hijo y no hizo testamento alguno y que, en consecuencia, él es el único heredero de su fortuna. Carece de pruebas objetivas, y basa su demanda en indicios y presunciones. Presenta como argumento contra la validez del testamento que Cleón, sin molestarse en enterrar al difunto, tomó posesión de la herencia sin esperar la resolución de los tribunales. Hace surgir la sospecha cuando habla de los testigos, escasos y ajenos a Astífilo, que constan como presentes en la redacción del testamento. Pone en guardia a los jueces ante la coincidencia de que Astífilo, que nunca había hecho testamento antes de ninguna de sus muchas expediciones, lo hiciera en la ocasión justa en que resultó muerto. Presenta como inverosímil que Astífilo testara en favor de un hijo de Cleón, dada la enemistad de las familias. También resulta llamativo el comportamiento de Hierocles, depositario del testamento, pues intentó «vender» el documento a los posibles interesados.
No sólo la posible falsedad del documento, sino la ley y la justicia otorgarían la herencia al demandante, porque aunque un hijo de un primo hermano tendría precedencia sobre un hermano por parte de madre, el orador niega este derecho porque Tudipo, padre de Cleón, había sido dado en adopción a otra familia, de modo que se había perdido la relación legal. Además, el trato afectuoso que Astífilo mantuvo con su hermano uterino, y con el padre de éste y padrastro suyo, Teofrasto, convertirían al demandante en su pariente más próximo.
En cuanto a la fecha del discurso, sabemos que Astífilo estuvo presente en la guerra de Tebas (378-371 aC), por lo que aunque no ha podido identificarse la expedición a Mitilene en que murió, ésta fue posterior al 371 aC. Algunos estudiosos proponen el 369 aC, otros el 366 aC, y alguno hay que menciona un margen más amplio.
Iseo: Sobre la herencia de Cirón.
Cirón se había casado dos veces. De su primera mujer, que murió enseguida, le había nacido una hija; de la segunda, hermana de Diocles y todavía viva, había tenido dos varones que murieron jóvenes. Cirón entregó a su única hija en matrimonio a Nausímenes de Colargo, y, muerto éste, volvió a casarla en un segundo matrimonio, del que nacieron dos hijos. A la muerte de Cirón reclaman su herencia dos demandantes que, ya ante el sepulcro, se disputan la fortuna: por un lado, su nieto, el hijo mayor de su única hija; por otro, su sobrino, hijo de su hermano.
Este discurso corresponde a la intervención del nieto de Cirón, que acusa a su adversario de estar al servicio de Diocles (cuñado del difunto por su segundo matrimonio). Según el orador, aunque el sobrino habría recibido ya la herencia de manos de la mujer de Cirón, es Diocles quien realmente la tiene en su poder, y ha sobornado al sobrino para que, a cambio de una cantidad ridícula, presente la demanda. Tras exponer esta sospecha, el orador expone los dos argumentos en los que se apoya su demanda: que su madre es hija legítima de Cirón, y que él tiene más derecho sobre la herencia.
El primero de estos argumentos es la respuesta a la acusación de sus adversarios en el sentido de que su madre era una cortesana extranjera. El orador presenta testimonios de que Cirón entregó en matrimonio y dotó a su hija; del comportamiento del difunto hacia él y su hermano (propio de un abuelo hacia sus nietos legítimos); de los actos de su padre (los que se esperan de un hombre hacia su esposa e hijos legítimos); del trato de las mujeres del demo a su madre (sólo posible con una ciudadana); y especialmente de la conducta de sus adversarios (la oposición a someter a tortura a los esclavos y su actitud durante el entierro de Cirón, reconocimiento implícito de su legitimidad).
La segunda parte del discurso trata de demostrar que el orador posee preferencia en el orden de sucesión. La discusión se centra en la interpretación de la ley correspondiente, en el sentido de que un descendiente, aunque sea por vía materna, posee prioridad sobre un pariente colateral, incluso por vía paterna.
La fecha del discurso es bastante insegura. Como el orador dice que nació después del arcontado de Euclides (403-402 aC), no podría participar en un proceso judicial antes del 383 aC. Por otra parte, que Demóstenes tuviera presente este discurso para componer los suyos contra sus tutores, lo sitúan con anterioridad al 363 aC. Dentro del largo período que nos ofrecen estos términos (383-363 aC), las cláusulas métricas usadas por Iseo nos situarían más cerca del último año.
Iseo: Sobre la herencia de Filoctemón.
Euctemón, hombre acaudalado del demo de Cefisia, había tenido de su esposa, la hija de Mixíades, tres hijos y dos hijas. Dada su longevidad, vio morir a todos sus hijos varones, sin descendencia. De sus hijas, había tenido una nieta y dos nietos, el mayor de los cuales se llamaba Queréstrato. A su muerte, éste presenta un testamento en el que su tío Filoctemón le nombraba hijo adoptivo y, como tal, reivindica ante los tribunales la totalidad de la herencia.
Androcles, pariente próximo de Euctemón, opone una protesta, alegando que la herencia no estaba sujeta a adjudicación judicial, porque el finado había dejado dos hijos legítimos, nacidos de un segundo matrimonio con Calipe. Añade, además, que Filoctemón no había hecho testamento. Queréstrato intenta rebatir ambos argumentos y contesta con una acusación contra Androcles por falso testimonio. A dicho proceso corresponde el presente discurso, pronunciado por un amigo de Queréstrato y de su padre Fanóstrato.
Desde el principio la historia da lugar a sospecha. Queréstrato no presenta la reivindicación ante los tribunales a la muerte de Filoctemón, sino que espera al fallecimiento de su abuelo Euctemón (aunque Filoctemón no tuviera fortuna que declarar, podía haber dejado constancia de que era su heredero). Iseo salva esta dificultad presentando confusamente las herencias de Euctemón y Filoctemón como si fueran una sola. El título de este discurso demuestra que ya los antiguos fueron víctimas de esta confusión.
Después de presentar testimonios para probar la existencia del testamento de Filoctemón, el orador centra su atención en demostrar la ilegitimidad de los niños presentados como hijos de Euctemón. Hace ver que su relación con Calipe era imposible, y narra una historia sórdida sobre el origen de estos niños y los últimos años de Euctemón: habrían nacido de una liberta de mala vida, Alce, y de un liberto pendenciero, Dión. Euctemón, seducido por Alce, habría abandonado su casa y habría sido convencido para introducir en la fratría, con su nombre, al mayor de los niños. Ante la oposición de su hijo Filoctemón, se habría comprometido en matrimonio con la hermana de Demócrates para amenazar con introducir nuevos hijos a la familia. Filoctemón habría cedido al chantaje, con la condición de que el niño recibiera sólo una de las tierras. Euctemón, tras romper su compromiso, habría introducido al hijo de Alce en la fratría.
Tras la muerte de Filoctemón, Androcles y Andócides habrían persuadido al anciano Euctemón para convertir en dinero efectivo algunas propiedades y dárselo a los hijos de Alce. Además, habrían inscrito a los niños como hijos adoptivos de dos de los hijos fallecidos de Euctemón, instituyéndose como sus tutores. A la muerte de Euctemón, habrían ocultado su fallecimiento a su mujer e hijos, tras dilapidar la mayor parte de la fortuna. Las acciones de estos dos codiciosos suponen un argumento más para negar la legitimidad: Androcles habría solicitado la mano de una de las hijas de Euctemón (la viuda de Quéreas) como si a ella perteneciera la herencia, lo cual es incompatible con la existencia de unos hijos varones legítimos. Por último, el orador antepone el buen hacer de Queréstrato y su participación en la ciudad a la maldad y el despilfarro de sus adversarios.
En cuanto a la fecha de la obra, aunque no sabemos cuándo murió Filoctemón o qué edad tenía Queréstrato, el propio discurso data el proceso 52 años después de la expedición a Sicilia, durante el arcontado de Arimnesto, lo que significa que se pronunció en el año 365-364 o 364-363 aC.
Iseo: Sobre la herencia de Hagnias.
Hagnias, hijo de Polemón y nieto de Hagnias, partió como embajador junto al rey de Persia (probablemente en 396 aC), siendo apresado por el general lacedemonio Fárax y conducido a Esparta, donde fue condenado a muerte. Antes de su muerte había adoptado a su sobrina (hija de su hermana), pero según el orador de este discurso en su testamento había consignado también que si a ella le sucedía algo, heredara Glaucón, su hermano por parte de madre. El fallecimiento de la niña desencadenó una larga batalla legal por la fortuna.
Presentó una demanda de adjudicación Eubúlides, como primo segundo del difunto (por su padre) y también primo hermano (por su madre). Murió sin terminar el pleito, que fue continuado por su hija Filómaca. Ésta logró la nulidad del testamento presentado por Glaucón y, haciendo valer la línea paterna, logró la adjudicación. A continuación, Estracio, Estratocles y Teopompo, primos segundos del difunto, intentan una acción conjunta contra Filómaca (aunque los dos primeros mueren antes de presentar la demanda, y Teopompo continúa el proceso solo).
Filómaca pierde la fortuna ante la acusación, vertida por sus adversarios, de ilegitimidad de su abuela (también llamada Filómaca). Un cotutor del hijo de Estratocles intenta ahora una acción pública contra Teopompo (el otro cotutor del niño), acusándolo de maltrato a su pupilo, pues sostiene que ha sustraído a su sobrino la mitad de la herencia de Hagnias. El presente discurso es la defensa pronunciada por Teopompo ante el grave delito que se le imputa.
Iseo acude a la ley para demostrar que al niño no le asiste ningún derecho sobre la fortuna de Hagnias, pero lo hace eludiendo el hecho de que a su cliente le niega ese derecho la misma ley. También advierte a los jueces sobre la dudosa intención con que sus adversarios han promovido una acción pública o criminal contra Teopompo, en lugar de una acción privada y hace ver que, en lo que a los bienes propios del huérfano respecta, no ha incurrido en ninguna falta y, en lo relativo a la herencia de Hagnias, resulta inverosímil que llegara a un acuerdo con su hermano o con su sobrino para compartir la fortuna. La comparación entre el patrimonio personal del huérfano y el de Teopompo queda como última argumentación del discurso, ya que su final no ha sido conservado.
Parece ser que este discurso no cerró la lucha por la herencia de Hagnias. Contra Macártato, falsamente atribuido a Demóstenes, permite conocer los hechos posteriores: Teopompo ganó este juicio y a su muerte su herencia pasó a su hijo Macártato, pero Filómaca entregó a su hijo Eubúlides (III) en adopción póstuma a su padre (Eubúlides (II)), y así, el padre natural del niño, Sosíteo, acudió nuevamente a los tribunales reivindicando la herencia para Eubúlides (III), en su nueva condición de hijo de primo hermano del difunto.
Iseo: Sobre la herencia de Apolodoro.
Los hermanos Éupolis, Mnesón y Trasilo habían heredado de su padre una gran fortuna. El segundo murió sin descendencia, mientras que Apolodoro, hijo de Trasilo, quedó a la muerte de su padre bajo la tutela de su tío Éupolis. Éste, aprovechándose, privó a Apolodoro de la mitad correspondiente de la fortuna de Mnesón y malversó su patrimonio. Al casarse de nuevo la madre de Apolodoro, su esposo, Arquedamo, ayudó al muchacho en su mayoría de edad a litigar por sus derechos, logrando la condena de Éupolis en dos juicios: en uno recibió la parte heredada de Mnesón; y tres talentos como indemnización en el otro.
Tiempo después, cuando Apolodoro perdió a su único hijo, decidió adoptar a su sobrino, Trasilo (II), hijo de su hermanastra (tenida por su madre de Arquedamo). Lo inscribió así en su génos y en su fratría, pero murió antes de poder inscribirlo en el registro del demo. Sin embargo, los miembros del demo, conociendo estos hechos, inscribieron a Trasilo (II) a pesar de las protestas de la familia de Éupolis.
Una hija de éste (y por tanto prima de Apolodoro), reclamó la adjudicación de la herencia, considerando que la adopción no se había completado. Trasilo (II) pronuncia para este juicio el discurso que nos ocupa.
Tras llamar la atención sobre la inconveniencia de reclamar una adopción hecha en vida y justificar el procedimiento legal escogido, el orador expone en un clarificador resumen todos los antecedentes del caso. Al mismo tiempo, entrelazados con los hechos, aparecen sus argumentos: la enemistad de Apolodoro con su tío Éupolis y su amistad con Arquedamo justifican la adopción de Trasilo (II); la validez de la misma queda asegurada por los miembros del demo de Apolodoro, conocedores de la voluntad del difunto; validez confirmada por la actitud de otros familiares de Éupolis, pues Trasibulo (hijo de otra hija de Éupolis) no reclama nada y da por válida la adopción. Como es habitual, se comparan las bondades personales y la generosidad cívica de Trasilo (II) y Apolodoro frente a la perversidad de sus adversarios.
Es difícil fechar con exactitud este discurso. Como se menciona el sistema de sinmorías, sería posterior a esta reforma de la trierarquía (de la que no se tiene constancia hasta 357-356 aC). Se alude también a una fiesta ateniense celebrada en Delfos; si el discurso se hubiese celebrado en un año pítico, nos situaría en 354-353 aC o 350-349 aC. En general, los estudios se quedan con la fecha de 355 aC.
Iseo: Sobre la herencia de Menecles
Menecles, viudo y sin hijos, se casó en segunda nupcias con la hija de su difunto amigo Epónimo. Tampoco tuvo hijos con esta segunda esposa, así que para no privarla de descendencia se separó de ella amistosamente, permitiendo que fuera entregada a otro hombre. Dada su avanzada edad y su soledad, adoptó como hijo a otro hijo de Epónimo.
Menecles murió años después, y su hermano, alegando la nulidad de la adopción (según él, realizada por influencia de la segunda esposa), reclamó la herencia. El heredero presentó entonces como testigo a su suegro, Filónides, para el proceso de protesta (diamartyría): el demandante debe demostrar el falso testimonio del testigo, de tal forma que así niegue la existencia de un hijo adoptivo, y tenga abierto el acceso a la herencia por vía judicial. Así pues, el hermano de Menecles atacó a Filónides, acusándole de falso testimonio: sostiene que la adopción no es válida porque se hizo bajo el influjo de una mujer que, además, ni siquiera era esposa legítima, pues sus hermanos no habían entregado la dote.
El presente discurso, pronunciado por el hijo adoptado por Menecles, defiende a su testigo y, por tanto, en último término defiende su legítima posesión de la herencia. Tras alegar que su hermana fue entregada en matrimonio con una dote de veinte minas, cantidad restituida tras el divorcio, el orador trada de demostrar la legalidad de su adopción: su hermana no influyó en la decisión de Menecles, pues para entonces ya estaba casada y con dos hijos; la adopción está justificada por la soledad y avanzada edad de Menecles y por su estrecha relación con la familia de Epónimo; se cumplieron todos los requisitos legales, incluyendo la introducción en la fratría y la inscripción en el nuevo demo; durante los veintitrés años en que Menecles sobrevivió a la adopción, nunca nadie objetó nada, y los juramentos intercambiados con sus parientes demuestran su aceptación.
Iseo enfoca el discurso en una dirección que permita alcanzar los sentimientos íntimos de los jueces: el aspecto religioso de la adopción y el carácter sagrado de la relación paternofilial. De esta forma, se contrasta la acusación hacia el demandante por irreverencia y falta de respeto contra los dioses familiares con la presencia del heredero de Menecles para defender la memoria y el nombre de su padre (y no para reivindicar su fortuna). Se resalta el hecho de que el hermano de Menecles no sólo obtendría la fortuna (que ya le había sido negada años atrás), sino que conseguiría además privar a éste de perpetuar su nombre y su casa. El heredero, en cambio, había cuidado de Menecles durante años, y a su muerte realizó los ritos oportunos.
Para fechar esta obra aparece una indicación velada sobre la participación del hijo adoptivo y de su hermano en la expedición de Ifícrates a Tracia. Ésta parece ser de la expedición mercenaria del 383 aC, y por tanto la adopción hubiera tenido lugar hacia 378 aC. Añadiendo los veintitrés años hasta la muerte de Menecles, el discurso sería pronunciado aproximadamente en 354 aC.
Iseo: Sobre la herencia de Pirro
A la muerte de Pirro, reclama la herencia Endio, uno de sus sobrinos, que había sido adoptado por el finado en sus últimas disposiciones. Le fue adjudicada y disfrutó de ella durante más de dos décadas sin oposición de nadie. Pero al morir también sin descendencia y no poder disponer en testamento de su herencia (sólo podían testar los hijos legítimos que no tuvieran hijos legítimos varones), los bienes debían retornar a la casa de su antiguo dueño y ser reivindicados por el pariente más próximo de Pirro.
Alegando tal condición reclaman la herencia dos partes enfrentadas: por un lado el otro sobrino de Pirro, en nombre de su madre (son el hermano y la madre de Endio, pero la reclamación se realiza por su cercanía a Pirro); y por la otra parte un tal Jenocles, en representación de su esposa File, quien decía ser hija legítima de Pirro. Los testigos que demostrarán su legimtimidad serán, además del propio Jenocles, Nicodemo (tío de File) y tres tíos de Pirro.
El hermano de Endio responde con una acción por falso testimonio contra Jenocles, que resulta condenado. La herencia es adjudicada a la hermana de Pirro, pero su hijo, no contento con esta victoria, emprende otra acción por falso testimonio, esta vez contra Nicodemo, quien había declarado haber entregado a su hermana en matrimonio a Pirro. A esa acusación corresponde el presente discurso de Iseo.
El autor presenta como primer argumento la condena de Jenocles en el juicio anterior: si él y Nicodemo declararon sobre los mismos hechos y uno fue condenado por falso testimonio, el otro debe serlo también. Esta circunstancia le permite construir un discurso reiterativo en exceso, que prescinde del exordio habitual y de la invocación final de los jueces y cuyos argumentos se basan en presunciones y probabilidades. El objetivo es claro: demostrar que Nicodemo ha mentido sobre la legalidad del matrimonio de Pirro y la madre de File, lo que probaría que ésta no es legítima y, por tanto, no tiene derecho a la herencia. El orador comienza intentando demostrar que no hubo matrimonio, alegando la falta de una dote que hubiera debido entregar Nicodemo, la actitud más propia de una cortesana que de una esposa legítima, la escasez de testigos en la presunta ceremonia e, incluso, la posible extranjería de Nicodemo.
En la segunda parte del discurso, invierte la argumentación: si demuestra que File no era legítima, resultaría evidente que su madre y Pirro no estaban casados, y por tanto que Nicodemo había mentido. Pero de nuevo, a falta de pruebas sólidas, presenta como argumento el comportamiento de los implicados, que resultaría difícil de creer en caso de que File fuera legítima: ¿Por qué no tomó posesión de la fortuna de Pirro, en lugar de presentar por medio de Jenocles una demanda de adjudicación judicial? ¿Por qué Nicodemo permitió que Endio entregara a su hermana en matrimonio con una dote propia de una concubina y no de una hija legítima? ¿Por qué la aceptó entonces Jenocles y lo consintieron los tíos de Pirro? De hecho, de haber sido File hija legítima, a la muerte de Pirro se hubiera convertido en epiclera (una suerte de «conductora» de la herencia que debía casarse con un miembro de la familia del padre), y para que Endio reclamase la herencia de su tío debía haberse casado con ella, pues herencia y epiclera eran inseperables según las leyes atenienses.
Por lo que respecta a la fecha de pronunciación del discurso, es difícil dar algo por sentado. La mención de dos personajes conocidos en Atenas permiten acercarse a un amplio margen, comprendido entre 357 aC (siendo trierarca Doroteo de Eleusis) y 344 aC (fecha en que aún estaba vivo Diofanto de Esfeto).
Iseo: En defensa de Eufileto.
Se trata únicamente de un amplio fragmento transmitido, junto a su argumento, por Dionisio de Halicarnaso. Lo excepcional de la obra es que, único caso de las conservadas de Iseo, no se trata de una causa de herencia.
Eufileto, hijo de Hegesipo, fue borrado de la lista de ciudadanos por votación de sus compañeros de demo (el de Erquia), con motivo de una revisión general del censo. El asunto se sometió a dos arbitrajes públicos sucesivos (probablemente el segundo tuvo lugar como consecuencia de la muerte del primer árbitro), y ambos árbitros dictaminaron contra el demo. Después de dos años de preliminares y sin que sus compañeros demotas aceptaran la resolución, Eufileto apela a los tribunales en un proceso privado. Cargaba así, decidido a no convertirse en meteco, con el mismo riesgo que los acusados por usurpación de ciudadanía: ser vendido como esclavo y perder sus bienes si su apelación fracasara.
El discurso es pronunciado por un medio hermano de Eufileto, hijo del primer matrimonio de su padre Hegesipo. Sus adversarios mantenían que, aunque hijo de una ciudadana, su padre había sido un extranjero, y Hegesipo lo había reconocido al casarse con su madre. El orador pretende que tal acusación es fruto del odio de algunos miembros del demo, y expone, con fuerza y precisión, diversos argumentos y testimonios de numerosos testigos del origen legítimo de Eufileto.
Para conocer la fecha del discurso, podemos servirnos del dato sobre el censo. Una revisión del censo de los demos fue ordenada por decreto durante el arcontado de Demófilo (346-345 aC). Si se acepta que este decreto da pie al proceso que nos ocupa, y teniendo en cuenta que los arbitrajes públicos llevaron dos años, el discurso tal vez se pronunciara en 344-343 aC. Esta datación implicaría que Iseo continuó produciendo discursos hasta fecha bastante tardía, lo que hace dudar de la autoría a algunos estudiosos.
Biblioteca personal.
Tengo un libro de este orador, en mi biblioteca personal, traducción y notas de M. ª D. Jiménez López. Revisada por F. Cortés Gabaudan.
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